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domingo, 25 de abril de 2010

Productos financieros exóticos: ¿Que es una Bermudan Swaption?

Motivado por un post de GurusBlog sobre el brutal volumen del mercado de coberturas de tipos de interés, he decidido realizar este pequeño post explicando de manera sencilla en que consisten las Bermudan Swaptions. En el post de Gurus hablan de otros muchos productos, de los que quizás otros días vayamos ofreciendo explicaciones.

Vayamos por partes: BERMUDAN SWAPTION. Primera parte: BERMUDAN, de las Islas Bermudas. Segunda parte: Swaption, de la unión de las palabras SWAP y OPTION. Veamos que significa todo esto:

En primer lugar hay que entender que es una OPCIÓN, y los 2 tipos de opciones que existen en función de cuando pueden ser ejercidas. En el link está explicado con más detalle, pero básicamente una OPCIÓN es un contrato que da al comprador el derecho de comprar (Opción CALL) en una fecha futura, un determinado activo a un precio acordado de antemano. Los 2 tipos tradicionales de opciones son:
  • Opciones americanas: pueden ser ejercidas en cualquier momento entre la firma del contrato y la fecha de vencimiento.
  • Opciones europeas: solo pueden ser ejercidas en la fecha de vencimiento, no antes.
Como os estáis imaginando, una Opción "de las Bermudas", consiste en algo intermedio entre una opción europea y una americana, dado que las Islas Bermudas se sitúan entre EEUU y Europa (por el momento no tiene nada que ver con que el dinero desaparezca en ellas como en el famoso "Triángulo de las Bermudas"):
  • Bermudan Option: pueden ser ejercidas en varios momentos desde la firma del contrato hasta la fecha de vencimiento. Por ejemplo, podría ser una opción que pueda ser ejercida al final de cada trimestre.
(Si os queréis divertir también existen las Opciones "Canarias", que están un poco más cerca de las europeas y más lejos de las americanas...)

Vayamos con el SWAP: como sabéis es un contrato mediante el cual 2 partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras. Un SWAP muy típico es el de tipo de interés, por ejemplo intercambiando un flujo de intereses a tipo variable, por otro flujo de intereses a tipo fijo sobre el mismo nocional.

Y efectivamente, una SWAPTION, es una OPCIÓN sobre un SWAP, ergo una BERMUDAN SWAPTION, es una OPCIÓN de tipo BERMUDA (ejecutable en un número discreto de fechas desde la firma de contrato hasta el vencimiento) sobre un SWAP.

Al final la BERMUDAN SWAPTION te da el derecho (pero no la obligación!!) de entrar en un SWAP de tipo de interés en unas fechas determinadas de aquí a 10 años por ejemplo. Es decir, si eres el comprador de una BERMUDAN SWAPTION tendrías, a final de cada año, por poner un ejemplo concreto, el derecho a intercambiar los futuros intereses que percibes en tipo variable por un tipo de interés a tipo fijo.

Al final, después de tantas vueltas, me imagino que os resultará bastante retorcido todo esto, aunque son productos que pueden tener su utilidad, siempre que se usen con cuidado y conocimiento claro, algo poco habitual...

La verdadera complicación de todo esto reside en como valorar estos inventos, de ahí el hecho de que estos instrumentos deberían de estar destinados únicamente a inversores altamente cualificados, con capacidad y experiencia suficientes para valorar estos productos... aunque, peligrosamente, a veces eso de "cualificado" es muy relativo claro...

Pero en fin, como podéis ver, en este mundo se puede hacer prácticamente lo que quieras.

6 comentarios:

suarepbg dijo...

sobre todo estoy de acuerdo contigo en que estos "inventos" sólo deben comercializarse a inversores cualificados. Aquí, en España, la CNMV acaba de lavarse las manos y le ha pasado la pelota al BDE, aceptando que un SWAP puede actuar de cobertura...
http://asuapedefin.wordpress.com/2010/04/20/delimitacion-competencias-cnmv-bde/
en fin!
Afortunadamente los jueces no parece que vayan a pasar por el aro y nos están dando la razón a los miles de pymes y familias hipotecadas que estamos sufriendo este atropello!
http://asuapedefin.wordpress.com/docs/sentencias/

Joaquin de Pallejá dijo...

La explicación es vestial pero la inmensa mayoria no tenemois ni idea de lo que hablais, con mucho esfuerzo empezamos a familiarizarnos con el termino SWAP, que ahora sabemos que no es un seguro.
Hola compañeros de fatigas, es muy seria la cosa tal como esta planteada pero creo sinceramente que no interesa que pete el sistema bancario lo taparan como puedan y a otra cosa el problema es el goteo de afectados que logren salirse de rositas tras el periplo de acciones que hagas contra esta estafa generalizada mundial a parte de la española, fijaos en Grecia, petada por los derivados que le colocaron hace años o Italia que denuncia a 4 bancos Usa por lo mismo, el problema es que la banca sigue cobrando este tema a la inmensa mayoría de afectados y si nos escapamos unos cuantos ya encontraran la forma de justificarlo en sus cuentas un incremento en la mora y listo. Somos más de 500.000 afectados en España que tendremos que ir a juicio. La Ley es una fina raya que el que sabe la cruza cuando quiere y no pasa nada no hay narices de momento a decir esto se acabo. Los afectados estamos en ello pero hay que tener paciencia.
Un saludo Joaquín de Pallejá.

Joaquin de Pallejá dijo...

Hola compañeros de fatigas, es muy seria la cosa tal como esta planteada pero creo sinceramente que no interesa que pete el sistema bancario lo taparan como puedan y a otra cosa el problema es el goteo de afectados que logren salirse de rositas tras el periplo de acciones que hagas contra esta estafa generalizada mundial a parte de la española, fijaos en Grecia, petada por los derivados que le colocaron hace años o Italia que denuncia a 4 bancos Usa por lo mismo, el problema es que la banca sigue cobrando este tema a la inmensa mayoría de afectados y si nos escapamos unos cuantos ya encontraran la forma de justificarlo en sus cuentas un incremento en la mora y listo. Somos más de 500.000 afectados en España que tendremos que ir a juicio. La Ley es una fina raya que el que sabe la cruza cuando quiere y no pasa nada no hay narices de momento a decir esto se acabo. Los afectados estamos en ello pero hay que tener paciencia.
Un saludo Joaquín de Pallejá.

Jojim dijo...

Hola suarepbg,

En primer lugar decir que si eres uno de los afectados por el tema de las permutas en las hipotecas, desde Idiotsingracia, y aunque no sirva de consuelo, nos solidarizamos con vosotros, pues efectivamente, ocurre muchas veces que en este tipo de cosas los clientes estamos totalmente desprotegidos frente al banco... es una vergüenza pero este país funciona así en muchos aspectos...

Es por esto que siempre hay que evitar firmar cualquier cosa que te ofrezca el banco y no entiendas a la perfección, por muy bien que te caiga el comercial del banco... Si necesitas una semana para irte a casa y leerte el contrato, discutirlo con algún amigo que entienda del tema o lo que sea, hay que hacerlo, pero nunca firmar algo que no terminas de entender. Y siempre sospechar: nadie da duros a pesetas (y menos los bancos, que en todo caso cobrarán pesetas a duros..). Si te dicen que estás eliminando un riesgo, tiene que haber una contrapartida, o pagas algo de dinero, o estás asumiendo otro riesgo por otro lado...

Dicho esto, veremos que dice la justicia en estos casos de los clips, permutas y todo esto, pero por lo que he estado leyendo, parece que la forma en que se vendían estos productos era bastante fraudulenta... pues no se avisaba al cliente de los riesgos que estaba asumiendo... De todas formas ya he visto en los links que adjuntas que ya habido varias sentencias a favor de los afectados.

Una vez tuve un profesor en la Universidad que decía que él creía que dentro de unos años íbamos a ver demandas multimillonarias contra los bancos por engaños y ventas de planes de pensiones que en nada favorecían a los clientes... Veremos si se cumple su profecía, pero desde luego, ya estamos viendo que hay algunos productos que parece que se han vendido sin ningún atisbo de honradez... diciendo a los clientes que contrataban un seguro, cuando en realidad no era así...

En fin, mucho ánimo!

Jojim dijo...

Hola Joaquín,

Totalmente cierto que a nadie le interesa que reviente el sistema bancario, mayor prueba que esta reciente crisis no hay... pero aunque eso sea cierto, no se puede permitir que los bancos lleven a cabo estas prácticas y se salgan de rositas, creo que es tremendamente importante que, si se demuestra que la venta de los productos ha sido fraudulenta, omitiendo información o confundiendo al cliente con nombres que no corresponden a la naturaleza del producto (como SEGURO), creo que es verdaderamente importante que no solo se devuelva el dinero a los afectados, sino que se impongan sanciones severas a los bancos que han realizado esta prácticas...

Vamos, no sé como está la Ley en ese aspecto, pero me parece que las sanciones ejemplares en estos casos son necesarias, pues si no fuera así y al final lo único que tienen que hacer es devolver el dinero, no se me ocurre otra mejor forma de introducir el llamado Riesgo moral en las operaciones de los bancos...

Un saludo, y gracias por vuestros comentarios!

Unknown dijo...

gracias, bastante didáctico

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